Trabajo doméstico por días en 2026: derechos, costos y la brecha entre la ley y la realidad

Trabajo doméstico por días en 2026: derechos, costos y la brecha entre la ley y la realidad

En Colombia, el trabajo doméstico remunerado ha sido históricamente uno de los sectores con mayores niveles de informalidad y menor protección laboral.

Por: Valeria Bolaños Rodríguez, Juliana Vásquez Aponzá y Valeria Taticuán Tapias

Facultad de Humanidades y Artes

Para el presente año según el Decreto 0159 del 19 de febrero de 2026, el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) en Colombia para 2026 se fijó en $1.750.905 y el auxilio de transporte asciende a $249.095, lo que da un total de $2.000.000 mensuales. Esto implica que el valor diario proporcional del salario mínimo equivale aproximadamente a $58.364, sin incluir auxilio de transporte, y cerca de $66.700 diarios al sumarlo proporcionalmente. El pago por debajo de este valor constituye una infracción laboral sancionable. 

Sin embargo, en 2026 el panorama jurídico muestra avances significativos que impactan directamente a las mujeres que ofrecen servicios de limpieza por días. 

La Ley 2101 de 2021 estableció la reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia, pasando de 48 a 42 horas semanales sin disminución salarial. Para 2026, la jornada máxima ordinaria es de 42 horas semanales. 

En el caso de las trabajadoras domésticas por días, si en una jornada superan las 8 horas diarias, deben pagarse horas extras con los recargos establecidos por la ley. Las horas extras diurnas tienen un recargo del 25 %, las nocturnas del 75 %, y el trabajo dominical o festivo tiene un recargo del 75 % sobre el salario ordinario según el código Sustantivo del Trabajo, artículos 168 y 179. 

Según cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el trabajo doméstico remunerado en Colombia es ejercido mayoritariamente por mujeres y presenta históricamente altas tasas de informalidad, superando el 70 % en años anteriores a la pandemia.  

Aunque los niveles han mostrado variaciones en los últimos reportes, el trabajo doméstico continúa siendo uno de los sectores con mayor vulnerabilidad laboral en el país. En algunos casos la formalización sí se cumple, pero en otros persisten situaciones de incumplimiento que evidencian la brecha entre la ley y la realidad laboral. 

Adriana Gonzales trabaja dos días a la semana para tres empleadores; según su testimonio, el pago que recibe por jornada se encuentra por debajo del salario mínimo proporcional establecido para 2026. Además, quienes la contratan no la afilian a salud ni a pensión, y tampoco ha recibido primas ni cesantías. 

Ella afirma que no ha tenido conflictos directos por incumplimientos de dinero, ni ha trabajado horas extras sin remuneración. Asimismo, señala que su experiencia con las familias ha sido buena en términos de trato, sin embargo, comenta “el sueldo no es lo debido para lo que uno hace”. 

Adriana Gonzales también manifestó “Es bueno tener una afiliación a pensión para un futuro, ¿no?, ya que uno va viendo los beneficios y recibiendo la asesoría para poder alcanzar esa meta”, lo que le permitiría mayor estabilidad en la vejez, dado que, en su realidad actual, esa protección no se está materializando. 

A su voz se le suma la de Luz Amparo Zapata, quien trabaja tres días a la semana en diferentes hogares. El día representa para ella un ingreso de $100.000, lo que equivale a 1.200.000 mensuales. Dice que no ha tenido conflictos, que no ha sufrido accidentes y que, hasta ahora, siente que su trabajo ha sido valorado. 

Sin embargo, detrás de esa aparente estabilidad hay una realidad que pasa casi desapercibida, como en muchos casos, esta no es la excepción, ya que ella no está afiliada a salud ni a pensión. Aunque ha recibido cesantías, no cuenta con una protección completa frente a enfermedad, incapacidad o vejez. Este caso deja en evidencia que aún existen brechas que dejan a muchas mujeres trabajando con estabilidad aparente, pero sin una protección real. 

De igual forma, Mabel Palacios trabaja tres días a la semana para dos empleadores distintos. Por cada jornada recibe un pago de 100.000, valor que no supera el mínimo legal proporcional establecido para 2026. Aunque no se encuentra afiliada a salud ni a pensión por parte de sus empleadores, afirma “Mis empleadoras me dan prima cada seis meses y cada año me liquidan”. 

Manifiesta “Siento que mi trabajo es valorado y es bueno, gracias a Dios me ha ido bien”. La experiencia de Mabel es un caso donde el buen trato y el pago oportuno no sustituyen las garantías estructurales que establece la ley. La falta de afiliación al sistema de seguridad social mantiene a muchas trabajadoras en una condición de vulnerabilidad futura, especialmente en materia de protección en salud y acceso a pensión. 

Adicionalmente, Katherine Caicedo, una joven empleada doméstica, quien trabaja de lunes a sábado para una sola empleadora y recibe un pago por debajo del salario mínimo desde hace más de seis meses, exactamente desde julio de 2025, expresa “Actualmente mi empleadora no me tiene afiliada a salud ni a pensión y, para ser sincera no tengo total conocimiento de las leyes que mi empleador debería de cumplir a la hora de yo brindarle el servicio”. 

Incluso en múltiples ocasiones su jornada supera las ocho horas diarias, llegando a trabajar hasta doce horas sin que ese tiempo adicional se vea reflejado en su remuneración. Katherine confiesa “Me he sentido triste porque trabajar en estas condiciones es muy difícil, más cuando tienes aspiraciones y quieres salir adelante”. Solo tras conocer los beneficios legales vigentes comprendió lo grave que es no contar con los derechos garantizados. 

Muchas trabajadoras por días continúan laborando sin acceso pleno a derechos básicos como seguridad y prestaciones sociales. La ausencia de conflictos visibles no implica necesariamente condiciones laborales justas, sino que en ocasiones refleja normalización de prácticas que no cumplen con el marco legal vigente. 

Percepción de los empleadores 

Alexandra Rodríguez, madre cabeza de hogar y usuaria que contrata servicio de limpieza por días comentó que solicita una trabajadora cada quince días. Afirmó “Prefiero contratar directamente a la persona porque es más económico y hacen mejor el aseo, porque por la empresa se limitan a lo que hagan en ciertas horas y es más costoso”.  

Sin embargo, reconoció que no realiza aportes a seguridad social, ya que la trabajadora asume su afiliación de manera independiente. Aunque afirma conocer las obligaciones legales como empleadora, considera que los costos actuales son altos y que asumir aportes a salud, pensión y riesgos laborales por un servicio que se presta dos veces al mes resultaría muy costoso para el usuario. 

También señaló que cuando la contratación se realiza a través de una empresa existe mayor tranquilidad jurídica, pues la responsabilidad recae sobre la organización intermediaria. Su postura refleja una realidad frecuente en el sector: aunque existe conciencia sobre las obligaciones legales, la percepción de alto costo desmotiva la formalización cuando el servicio es esporádico. 

Asimismo, Melissa Noriega, empleadora que adquiere servicio de limpieza dos días a la semana desde hace cinco años, explicó “Por temas de confianza y seguridad prefiero contactarlas a ellas directamente y más que todo recomendadas”. A parte menciona “No he afiliado a ninguna empleada, pero a la empleada que tengo hoy en día se le paga un salario integral, que es un pago por día que estima las prestaciones sociales de ley”.  

Desde su perspectiva, este pago representa un salario justo de acuerdo con el incremento legal del salario mínimo. Sin embargo, esta postura evidencia una confusión frecuente en el sector, aunque el pago proporcional de prestaciones es obligatorio, la ley exige la afiliación efectiva a salud, pensión y riesgos laborales cuando existe relación laboral, incluso si el servicio se presta por días. 

Este testimonio demuestra que, en algunos escenarios, la percepción de cumplimiento no necesariamente coincide con el cumplimiento integral de las obligaciones legales, lo que contribuye a mantener vacíos en la formalización del trabajo doméstico por días. 

Liliana Carvajal, empleadora declaró “No realizo afiliación a seguridad social porque mi empleada es beneficiaria del Sisbén”. Ella afirma conocer las obligaciones legales como empleadora, pero señala que la trabajadora no desea ser afiliada, de igual manera asegura que reconoce otros pagos correspondientes. 

Ella reconoce que las trabajadoras por día no reciben suficientes garantías laborales, este caso revela una problemática recurrente que es la coexistencia entre la formalización laboral y los sistemas de subsidio estatal, donde algunas trabajadoras temen perder beneficios sociales si ingresan plenamente al sistema contributivo. La situación evidencia que la informalidad no siempre es una decisión unilateral del empleador, sino el resultado de condiciones socioeconómicas más amplias. Aunque la omisión en la afiliación puede generar sanciones económicas y responsabilidades en caso de accidentes laborales. 

El costo de la formalidad 

Desde una perspectiva económica, el costo de contratar formalmente a una trabajadora por día no se limita al pago del salario diario. Al sumar aportes a salud, pensión, riesgos laborales y prestaciones sociales proporcionales, el costo real puede aumentar entre un 30% y un 40% adicional sobre el salario base, dependiendo de la frecuencia de contratación. 

Desde la perspectiva contable, la sostenibilidad financiera del servicio de limpieza por días depende directamente de la frecuencia de contratación. Según explicó la contadora Paola Franco declara “Es sostenible en caso de que sea ocasionalmente 1 o 2 veces a la semana, sin embargo, si es varios días por semana no es sostenible, porque representaría un gasto significativo para una familia clase media”.  

Aunque reconoce que los costos actuales han aumentado, considera que cuando se trata de contratación esporádica estos se compensan con el trabajo realizado. De igual manera, sostiene que la exigencia de contrato y prestaciones sociales contribuye a reducir la informalidad, al establecer reglas claras para ambas partes. 

En términos de mercado laboral femenino, la contadora señala que la regulación genera efectos mixtos en la oferta y la demanda. Puesto que, al estar regulado el sector y contar con beneficios como prestaciones sociales y mayor estabilidad, el trabajo se vuelve más atractivo y puede aumentar la oferta laboral. 

Por otro lado, advierte que el incremento en los costos podría disminuir la demanda del servicio en algunos hogares. Afirmó “Para los próximos años habrá mayor formalidad, más personas cotizando a seguridad social, mayor estabilidad laboral e ingresos para estas personas”. 

Empresas intermediarias como alternativa 

Las empresas intermediarias han surgido como una gran alternativa para reducir riesgos jurídicos y facilitar la formalización del trabajo doméstico. Andrés Arboleda, líder comercial de la empresa Domestikas, la cual ofrece servicios de aseo y limpieza por días para empresas, oficinas y hogares, en la ciudad de Cali, comenta cómo es el proceso para la selección del personal “Es un proceso de cuatro partes, primero se hacen unas preguntas iniciales o de filtro, después vienen preguntas afines a lo que la empresa busca, luego se realiza una prueba psicotécnica y por último una entrevista presencial”. 

Además, agrega que al principio se establece con la trabajadora un contrato de prueba por 2 meses y si en ese tiempo se demuestra la satisfacción de su trabajo se pasa a un contrato a término indefinido. 

Al momento de obtener uno de sus servicios, el cliente es quien define las actividades importantes a realizar por parte de la empleada doméstica, afirma “Si usted pide 4 horas debe comprender que debe saber aprovechar ese tiempo para lo realmente importante”. Actualmente el servicio que más solicitan es el de aseo por 4 y 8 horas, cabe aclarar que manejan diferentes paquetes que suelen incluir mayormente barrido, trapeado, limpieza de baños y cocina, todo varía según el espacio y el plan que escoja el cliente. 

Asimismo, en relación con los beneficios, explica que todas las partes involucradas resultan favorecidas tanto la trabajadora que accede a un empleo digno y estable, como el cliente que optimiza su tiempo y puede concentrarse en otras actividades sin preocuparse por las labores del hogar, y la empresa obtiene los recursos necesarios para continuar creciendo y expandir su modelo a otras ciudades del país. 

Finalmente, asegura que su empresa cumple con todas las garantías laborales de ley establecidas en Colombia. Incluso comenta que como empresa suelen hacer actividades de integración con sus colaboradoras a finales de año con el fin de oxigenarlas y ayudar a que todas se conozcan. 

Sanciones y control estatal  

Daniel Chiles, abogado, aporta “Si un empleador no cumple con sus obligaciones laborales, el Ministerio de Trabajo puede imponer sanciones por el desconocimiento de los derechos irrenunciables de los trabajadores, las prestaciones sociales y el contrato. Además, la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales) investigará y multará al empleador por no realizar los aportes correspondientes a la seguridad social y los parafiscales”. 

No obstante, señala “No es obligatorio firmar un contrato escrito para las empleadas domésticas, ya que un contrato laboral puede ser verbal, y en ese caso, se entiende que es a término indefinido. Sin embargo, un contrato escrito ofrece una mayor protección y respaldo para los derechos de los trabajadores”. 

Existen casos como el de las trabajadoras o trabajadores que laboran para varios empleadores, en donde la afiliación a la seguridad social, por ejemplo, es responsabilidad conjunta de todos los empleadores, quienes deben aportar proporcionalmente a los días trabajados con cada uno. 

 

Daniel Chiles considera que actualmente no hay suficiente control estatal frente a la informalidad en este sector, especialmente para las trabajadoras que no cuentan con una cobertura empresarial. Estas trabajadoras, que a menudo trabajan de forma independiente, son las que se encuentran más desprotegidas. Aunque tienen alcance con el Ministerio de Trabajo para hacer valer sus derechos, la falta de un marco formal las expone a mayores vulnerabilidades. 

Finalmente afirma “Para mejorar la protección de estas trabajadoras del servicio doméstico, se podría empezar por la implementación de proyectos pedagógicos que incentiven a documentar de manera probatoria sus acuerdos verbales. Esto podría incluir un registro de conversaciones en audio, WhatsApp, videos o la presencia de testigos, lo cual facilitaría el respaldo de sus derechos en caso de disputas”. 

La legislación vigente no distingue entre trabajo doméstico permanente o por días en materia de derechos fundamentales. La diferencia radica únicamente en la forma de liquidar los pagos de manera proporcional. Así, el avance normativo es claro: el trabajo doméstico es trabajo formal y debe ser tratado como tal. 

 Seguridad social y jornada laboral 

El Decreto 2616 de 2013 reguló la cotización a seguridad social para trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes, permitiendo que los aportes se realicen de forma proporcional a los días trabajados. 

En salud, el empleador debe aportar el 8,5% del ingreso base de cotización, mientras que la empleada aporta el 4%. En pensión, el empleador asume el 12% y la empleada el 4%, para completar el 16% exigido por el sistema, Ley 100 de 1993. 

Asimismo, según la Ley 21 de 1982 pueden ser afiliadas a cajas de compensación familiar, lo que les permite acceder a subsidios, recreación, educación y cuota monetaria si cumplen con los requisitos establecidos. 

 Marco legal vigente 2026 

La Constitución Política de Colombia establece en su artículo 53 la protección especial al trabajo y la igualdad de oportunidades para los trabajadores. En concordancia, el Código Sustantivo del Trabajo, artículos 22 y 23 reconoce que el servicio doméstico es una relación laboral formal cuando existe subordinación, remuneración y prestación personal del servicio, incluso si se desarrolla por días. 

En 2026, las trabajadoras que prestan servicios de limpieza por días tienen derecho al salario mínimo legal proporcional, afiliación a seguridad social, prestaciones sociales y demás garantías laborales, independientemente de que trabajen uno o varios días a la semana. Esta obligación ha sido reiterada por el Ministerio del Trabajo. 

Mientras que, La Corte Constitucional ha reiterado que el trabajo doméstico no puede ser tratado como una categoría laboral inferior y que debe garantizarse igualdad material y protección reforzada a quienes lo ejercen, dada su condición histórica de vulnerabilidad. 

Uno de los avances más relevantes para este sector fue la extensión obligatoria del pago de prima de servicios a trabajadoras domésticas, establecida mediante la Ley 1788 de 2016. Desde entonces, las trabajadoras del hogar, incluidas aquellas que laboran por días, tienen derecho a recibir prima de servicios proporcional al tiempo trabajado. 

Además, deben reconocerse cesantías equivalentes a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional por fracción de año, así como intereses sobre cesantías equivalentes al 12% anual sobre el valor acumulado. Las vacaciones también deben pagarse de forma proporcional, equivalentes a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año trabajado o su proporción correspondiente. 

Estos beneficios aplican incluso cuando la trabajadora presta servicios únicamente algunos días al mes para un mismo empleador. El cálculo debe realizarse en proporción al tiempo efectivamente laborado. 

En 2026 el trabajo doméstico por días en Colombia cuenta con un marco legal sólido que reconoce derechos, garantías y protección social para las trabajadoras. Sin embargo, los testimonios evidencian que aún persiste una brecha entre lo que establece la ley y lo que ocurre en la práctica. La formalización no solo depende de la existencia de normas, sino del compromiso real de empleadores, mayor control estatal y acceso a información clara para quienes ejercen esta labor. 

Estos beneficios aplican incluso cuando la trabajadora presta servicios únicamente algunos días al mes para un mismo empleador. 

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El reto de la reintegración de los expresidiarios en Cali

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El reto de los expresidiarios comienza al llegar la libertad. Mientras la fuerza pública aumenta

Autores: Juan Sebastián Bolaños Ceballos y Valeria Pejendino.

Facultad de Humanidades y Artes

Se ignora qué ocurre tras la condena. si el sistema solo castiga, pero no logra resocializar, la libertad es apenas un paso antes de volver a delinquir. Este informe especial revela cómo el olvido de esta población es el motor que alimenta la inseguridad día a día en nuestras calles.

La falta de oportunidades laborales es uno de los principales obstáculos para quienes intentan rehacer su vida…

“He llegado a muchas entrevistas de trabajo y no me quieren aceptar por los antecedentes judiciales. Nadie me quiere dar una oportunidad”. El testimonio del caleño Armando Zambrano refleja lo complejo que resulta para una persona, reincorporarse a la sociedad luego cumplir una condena.   

Armando, un ciudadano caleño que estuvo privado de su libertad más de 6 años, representa el rostro de esta exclusión; su diario vivir se convirtió en un bucle de rechazos uno tras otro. “De vez en cuando hago algún trabajo de construcción, pero es difícil porque no me quieren aceptar.”, relata, evidenciando que el pasado judicial funciona como una marca imborrable. 

El testimonio de Armando revela una parte cruel del mercado laboral, la discriminación cortés y según explica, las entrevistas laborales suelen iniciar de manera positiva hasta que aparece el registro de antecedentes en su hoja de vida. “Normalmente me reciben muy bien, pero cuando leen la hoja de vida, ahí es donde la gente se retracta. Me dicen que por haber estado en la cárcel no me aceptan; eso es discriminación”. 

Su caso no es el único. Analizando los datos recolectados de la fundación Fundrapre a lo largo de su gestión y funcionamiento. Encontramos que en total 318 personas recuperaron su libertad: 118 han fallecido, incluyendo casos como, el de un hombre de 56 años que murió por un cáncer de páncreas mal atendido bajo el precario servicio de salud del INPEC; Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC), o el que fue asesinado apenas cruzó la puerta de salida del centro penitenciario. A esto se le suman tres personas desaparecidas y una lamentable situación de salud pues al salir de la cárcel pierden su cobertura médica, sin posibilidad de recibirlos. 

De este grupo de 318 exconvictos, apenas cinco personas han logrado reintegrarse con éxito fuera de Colombia, en países como España, Estados Unidos, Chile, Ecuador y Londres. En el contexto local, la realidad es otra, no hay ni uno solo trabajando formal y legalmente. Los 313 restantes sobreviven en el día a día a través de la informalidad, generalmente en trabajos de construcción o ventas en el centro de Cali, o inevitablemente reincidiendo en el delito. 

Para la fundadora y experta en el área de reintegración social de la fundación Fundapre, Elsy García Medina el problema nace desde la misma cárcel. 

 “En este país, el sistema penitenciario va de la mano con el castigo y no con un cambio… Las cárceles se transformaron un espacio donde se pierde la identidad y para cuando las personas cumplen su sentencia, se encuentran con el estigma social tanto de sus familiares como de su entorno. No podemos exigir que cambien para bien en la sociedad, cuando encontrar un empleo formal se vuelve una misión casi que imposible. Hay que garantizar el derecho al trabajo y la aceptación social, de lo contrario estaríamos dándoles la espalda y dejándoles como única fuente de ingresos nuevamente el delito en una situación desesperada por subsistir”, expresa García. 

Esa pérdida de identidad y el estigma se filtran hasta la intimidad del hogar, donde el retorno constantemente está marcado por sospechas. Para Estefany Castro García, madre de un joven que ha vivido el bucle de entrar y salir de la cárcel, la libertad es un lugar minado de incertidumbres y preocupación. Ella asegura que el reto no es solo la falta de un sueldo, sino el juicio moral del entorno: “No es solo que no consigan trabajo, es cómo los mira el vecino, cómo los juzga la misma calle que los vio crecer”. 

Esta presión social, sumada a la desconexión con sus propias redes de apoyo, crea un aislamiento que la psicología familiar identifica como un factor de riesgo muy alto. Expertos en comportamiento humano señalan que, ante el rechazo del círculo social primario, el expresidiario busca refugio en los únicos espacios donde no es juzgado por su pasado: las estructuras delictivas de las que se intentaba alejar. 

Sin embargo, frente a este panorama de rechazo y puertas cerradas, el sistema jurídico colombiano ha intentado levantar un contrapeso. La Ley 2208 de 2022, conocida como la Ley de Segundas Oportunidades, fue creada con la intención de romper precisamente ese ciclo de rechazos. Ofreciendo beneficios tributarios a los empresarios que contraten a esta población, la ley busca transformar el antecedente penal de una sentencia de desempleo a una oportunidad de responsabilidad social. 

Sobre esta normativa, el abogado José Gregorio Hernández Penagos explica que la iniciativa busca que las personas que ya pagaron su condena puedan conseguir un trabajo formal, dando beneficios a las empresas para que se animen a contratarlos “La ley apuesta por dar segundas oportunidades porque eso reduce la reincidencia y beneficia a toda la sociedad” afirma Hernandez; no obstante, también advierte que “En Cali todavía falta más apoyo y un cambio de mentalidad para que la iniciativa funcione mejor” declaró. 

Es por esto que, como advierten expertos legales, la norma por sí sola no borra el prejuicio; se requiere que el sector privado de Cali deje de ver el pasado judicial como una amenaza y empiece a verlo como una inversión en seguridad ciudadana. 

Para Lina Marcela Sierra, empresaria caleña, la decisión de abrir las puertas de su empresa no se basa solo en ver una hoja de vida, sino en la satisfacción de que brindar oportunidades a quienes han sido excluidos es la única forma de construir una Cali más segura. “Yo creo en las segundas oportunidades, y que la forma de crear un mundo mejor es brindar oportunidades a las personas que probablemente nadie cree” afirmó la empresaria, también recalcó “Es importante que cuenten con una fuerte red de apoyo solidad para no perder el nuevo enfoque de su vida” la intención genuina del individuo de proyectar una vida distinta. 

Entonces, para los empleadores que apuestan por estas “segundas oportunidades”, la resocialización no es un cambio que el exconvicto haga solo. La empresaria Sierra recalca que un factor determinante para no perder el nuevo enfoque de vida es la existencia de una red de apoyo social y laboral en la que el trabajador pueda sostenerse, afianzando así, la advertencia de Elsy García sobre el vacío que deja la pérdida de identidad en prisión. 

En la otra cara de la moneda se encuentra Carlos Alberto Bolaños Álvarez, mago, payaso y empresario con más de 15 años de trayectoria al frente de Capeto Recreación y Eventos, una de las empresas de animación más grandes de Cali. 

Para Capeto, cuyo personal se concentra en jóvenes de entre 18 y 27 años, la posibilidad de contratar a alguien que haya pasado por una cárcel es una decisión que genera gran preocupación. 

El empresario manifiesta que recibir a una persona que haya sido privada de la libertad es “complicado” y confiesa que el primer criterio de rechazo inmediato son los antecedentes judiciales. Desde su perspectiva, la ciudad no solo requiere que la persona a reintegrar cumpla su condena, sino una resocialización que él no percibe como real en el sistema actual.  

“¿Qué se hizo para capacitar a esa persona evitando que no vuelva a reincidir en lo mismo que lo privó de la libertad? Pues la verdad que como empresario sí, también me abstengo de tener que contratar a una persona en esas condiciones. Primero miramos los antecedentes, pero la verdad es que en este país una persona privada de la libertad no solamente necesita cumplir con su condena, sino también con una reintegración a la sociedad”, afirma Carlos. 

La brecha entre los empresarios que creen en el cambio y aquellos que se retractan al leer los antecedentes es el espacio donde debe actuar la estrategia pública. Es aquí donde la Ley 2208 de 2022, intenta incentivar a más organizaciones a seguir este camino, proponiendo que la inclusión laboral deje de ser un acto de fe individual para convertirse en una estrategia colectiva de seguridad y justicia social. 

Nathalia Benjumea, psicóloga de selección, comenta lo determinante que puede ser la contratación de personas con antecedentes, ya que eso puede perjudicar a las empresas para certificarse en el (El Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) SAGRILAFT, ya que esto les brinda una seguridad en su documentación como empresas. 

Ella recuerda el caso de un candidato: “Se trataba de un hombre que se postuló para el cargo de coordinador. En la revisión de documentos se reflejó que no era solicitado por la justicia, pero en uno de sus anteriores trabajos en el cual transportaba mercancía, mientras conducía uno de sus trayectos cotidianos fue abordado por un grupo al margen de la ley, que quemó el carro de trabajo y la mercancía. La empresa procedió a demandarlo por robo de mercancía. En el proceso de selección sometido al polígrafo y quien lo realizó, confirmó que el hombre decía la verdad. Al sol de hoy él sigue como coordinador en esa empresa”, relató la doctora Nathalia. 

Finalmente, la verdadera resocialización se pone a prueba en el día a día de los barrios, donde la comunidad critica como el primer juez. Mientras persista la falta de redes de apoyo sólidas, el ciclo de reincidencia seguirá alimentándose de la inseguridad. Al final del día, el éxito de la Ley de Segundas Oportunidades y los esfuerzos individuales de los exconcivtos dependerá de la sociedad caleña para entender que cada puerta que se le cierra a quien busca una vida distinta, es, una posibilidad que se abre nuevamente hacia el delito por pura necesidad de sobrevivir. 

una problemática social que suele pasar desapercibida, ya que pone en evidencia cómo la falta de oportunidades, el estigma y las fallas institucionales terminan perpetuando ciclos de exclusión y reincidencia, afectando no solo a quienes han cumplido una condena sino también a la seguridad y al tejido social en general.

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El porcentaje de mujeres que trabajan de forma virtual ha incrementado

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de forma virtual ha incrementado

Autora: Natalia Pastrana Ospina.

Facultad de Humanidades y Artes

En la actualidad, más de 66.103 mujeres han marcado notablemente su participación en la industria de juego, de suerte y azar en Colombia informó Fecoljuego. De estas mujeres, 46.272 son madres cabeza de hogar. Fecoljuegos también ha contribuido a que aproximadamente 8.000 mujeres tengan su primer empleo, demostrando así su apoyo ante el desarrollo profesional de las mujeres que realizan trabajos como: operadores de máquinas tragamonedas, croupier (repartidora de casino), vendedoras de apuestas, supervisoras de sala, pagadoras, personal de limpieza, atención al cliente, entre otros cargos más. En el año 2020, las mujeres representaban el 30% de los trabajadores en este sector, cifra que se elevó al 35% para el año 2023.

La asesora jurídica de Fecoljuegos, Tatiana Vásquez; expone el positivismo que promueven las mujeres en la industria. “Tener mujeres en cargos directivos no solo es una cuestión de equidad, sino también de eficacia empresarial y social. En la Federación, reconocemos que la diversidad de perspectivas en la toma de decisiones impulsa la innovación y mejora el rendimiento”.

En el sector laboral, el 30% de la junta directiva de Fecoljuegos está conformada por mujeres, y en las reuniones de junta, el 38% de los invitados especiales pertenecen a este género. Además, en comités clave como el Jurídico, Contable y de Oficiales de Cumplimiento, las mujeres representan el 27%, 33%, y 41% respectivamente. “Estamos orgullosos de ser un sector que abre cada vez más oportunidades para el empoderamiento y el liderazgo femenino en posiciones estratégicas”, afirmó Evert Montero, presidente de Fecoljuegos. Por otro lado, en Colombia se ha evidenciado el aumento de la participación de las mujeres en las plataformas digitales.


El porcentaje de mujeres que trabajan de forma virtual ha pasado del 35% en 2019 al 43% en 2023. Según datos recientes, el mundo online ha beneficiado a miles de mujeres en su parte económica, en los últimos años, un 25% de mujeres emprenden en sus propios negocios trabajando desde la comodidad de su hogar.


La asesora jurídica de Fecoljuegos, Tatiana Vásquez; expone el positivismo que promueven las mujeres en la industria. “Tener mujeres en cargos directivos no solo es una cuestión de equidad, sino también de eficacia empresarial y social. En la Federación, reconocemos que la diversidad de perspectivas en la toma de decisiones impulsa la innovación y mejora el rendimiento”.


Esto confirma el avance que ha tenido las mujeres en Colombia. En un ámbito que tradicionalmente ha sido dirigido por hombres, no significa que su recorrido haya sido fácil. Las mujeres enfrentan múltiples desafíos para poder entrar al mundo laboral y a medida que van escalando, van aumentando las dificultades para llegar a altos cargos, pero eso no ha sido impedimento. A pesar de los avances, la brecha salarial de genero hace que las mujeres continúen ganando menos que los hombres por el mismo trabajo, según la marca.

 …El porcentaje de mujeres que trabajan de forma virtual ha pasado del 35% en 2019 al 43% en 2023″.

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¡Hacer eso es fácil!

“Ser periodista es muy fácil y relajado” 


Esa es la frase que se escucha continuamente en las calles, pero claro, es una labor regalada que el que quiera puede hacer.

Cualquiera es capaz de pararse frente al político que acaba de hacer un escándalo, hacerle preguntas y más aún contradecir lo que está diciendo cuando sea necesario, sin importarle si esa persona puede acabar con tu carrera; pero eso no importa, “igual eso es fácil”.

O el hecho de viajar (en algunos casos sin recursos suficientes) para hacer un reportaje, tener que vivir situaciones difíciles con culturas diferentes, someterse a trabajar para que al final el director diga “no, esto no me sirve” o para que tu texto pase desapercibido por un video que publica otro medio de comunicación y que por el morbo se vuelva viral; esos casos tampoco importan, “igual hacerlo es fácil”.

Ni qué hablar de cuando vas a un hotel a esperar por una entrevista, estás todo un día y a duras penas logras ver a tu personaje a lo lejos, vuelves al otro día, los de seguridad te sacan porque “no puede haber periodistas”, sin embargo sigues afuera sentada en la calle esperando, sin comer nada, mientras que las horas pasan y aquel al que estás esperando te escriba “ya te dije que sí te doy la entrevista, espérame”, teniendo como resultado una fallida entrevista y no sepas con qué le vas a salir al jefe, pues ese era tu trabajo, pero bueno, tampoco importa, “igual hacer esto es fácil”.

Cuando estás empezando a ejercer tu profesión y aún no eres reconocido en los medios, por ser ‘novato’ te quieren pisotear y en plena rueda de prensa no falta el experimentado que te diga “¿usted qué hace aquí? córrase que esto es para los grandes medios, quite su micrófono que ahí va el mío” y por estas situaciones uno salga un poco triste y se vaya abajo lo que tenías planeado porque la prioridad es para los periodistas reconocidos, pero eso menos importa, “igual hacer eso es fácil”
Y así, son muchas situaciones que un periodista en formación vive a diario, pero todas son ‘relajadas’ y lo único que hacemos es tomarnos “fotos con famosos”, pues igual hacer eso es muy fácil.

Mariana Palacios

@MarianitaPG_